06 de Diciembre de 2011 - 21 hs.
Tema: "Poder"

Conducido por el Abogado Raúl Arce,  siendo acompañado por los integrantes del Centro de Investigación para la Paz de la Facultad Regional Resistencia, Universidad Tecnológica Nacional,  Srta. Anabella Orcolla, Licenciada Eugenia Itatí Garay, Sr. Fredy Eiman,  Srta. Francisca Ortiz,  Lic. Wilma Soledad Trúe,  Prof. Rubén Darío Borda,  y  Magíster  Miguel Armando Garrido.

Operador: Guillermo Aguilar
Selección Musical: Abogado Raúl Arce

Temas: Poder.

El tema ha sido tratado siguiendo los lineamientos de la Enciclopedia de Paz y Conflictos, dirigida por el Dr. Mario López Martinez del Instituto de Paz y Conflictos de la Universidad de Granada, España, autor de la voz: F. Javier Rodríguez Alcazar.   

EL CONCEPTO DE PODER OCUPA UN LUGAR CENTRAL EN DISCIPLINAS COMO LA TEORÍA POLÍTICA, LA FILOSOFÍA DEL DERECHO, LA SOCIOLOGÍA, LA ECONOMÍA, Y LA PSICOLOGÍA.
Sin embargo, el término “Poder” resulta considerablemente equívoco, en tanto que diversas tradiciones de pensamiento en cada una de aquellas disciplinas defienden concepciones bien diferentes.

¿EN CUÁNTAS CONCEPCIONES DEL PODER PUEDEN DIVIDIRSE?
Las concepciones del Poder pueden dividirse en 3 grandes grupos: SUSTANCIALISTAS, SUBJETIVISTAS Y RELACIONALES.
1.- SUSTANCIALISTAS: Para las concepciones Sustancialistas, el Poder es ALGO que los sujetos utilizan para alcanzar sus fines. El Poder de alguien consistiría, por ejemplo, en los recursos económicos o políticos que puede desplegar para asegurarse el logro de los objetivos perseguidos. Así Hobbes afirma que el Poder de un individuo so los Medios de que dispone en el presente para obtener en el futuro algo que ese individuo considera un bien.
2.- SUBJETIVISTAS: En un segundo sentido, el Poder no es una COSA, sino una CAPACIDAD: la capacidad de los agentes para conseguir aquello que quieren. Esta definición abarca un gran abanico de posibilidades. Por un lado, los agentes a los que se atribuyen Poder  pueden ser tanto individuos como grupos (familias, empresas, iglesias, partidos políticos, estados, etc.). Por otra parte, la capacidad de los agentes puede residir tanto en el Derecho que se le reconoce a lograr aquello que persiguen como en la influencia o control que están en condiciones de ejercer sobre otros agentes. Una ejemplo clásico de esta interpretación subjetiva es la concepción de Locke.
3.- RELACIONALES: Para las Teorías Relacionales, el Poder es una Relación entre 2 agentes, en la cual uno de ellos consigue del otro un comportamiento que el segundo no habría alcanzado en otras circunstancias. Así, la tradición marxista consideró que en las sociedades industriales la burguesía ejerce su Poder sobre la clase obrera, lo que se explica por las relaciones de producción existentes (en particular, por el hecho de que, al monopolizar la clase burguesa la propiedad de los medios de producción, está en condiciones de imponer sus condiciones a la clase trabajadora). En la sociología marxista, el Poder se considera una relación estructural, independiente de los deseos de los individuos. Así, dentro de esta tradición, N. Poulantzas definió el Poder como la capacidad de una CLASE (no de los agentes individuales) para realizar sus intereses en oposición a otra clase. Aquí el escenario del Poder no se sitúa, pues, en los conflictos entre individuos, sino en la lucha de clases. La concepción de Max Weber puede considerarse, asimismo, una concepción relacional. Para Weber, el Poder es la probabilidad de que un sujeto, en una relación social, sea capaz de realizar su voluntad en prosecución de sus propios objetivos, imponiéndola por encima de cualquier posible resistencia.
Esta tercera concepción insiste en un aspecto del Poder: la posibilidad de dominación de unos agentes sobre otros, lo que forma parte de la explicación tanto del surgimiento de algunos conflictos (pues de esta concepción se sigue una diferencia de intereses entre quiénes poseen Poder y quiénes no lo poseen), como de la aparición de fenómenos de resistencia. Precisamente, una de las características de la reflexión contemporánea sobre la Paz es su tendencia a realizar una lectura más positiva de los conflictos que en el pasado, ya que aquéllos pueden entenderse, en muchos contextos, como la inevitable alternativa a una situación de completa dominación.

EL PRINCIPAL RETO DE LA TEORÍA DE LA PAZ EN SU VERSIÓN NORMATIVA PUEDE FORMULARSE COMO LA BÚSQUEDA DE FORMAS NOVIOLENTAS DE AFRONTAR LOS CONFLICTOS Y DE RESISTIRSE AL PODER DESTRUCTOR.
Pero seguramente sería ingenuo esperar que esa resistencia a formas opresivas de Poder pueda realizarse sin un ejercicio de Poder por parte de quienes resisten. En lo que insiste la Teoría de la No violencia es en negarse a reducir el Poder a la FUERZA (esto es, a formas de violencia directa) y en proponer que los objetivos de quienes resisten pueden alcanzarse mediante formas no violentas de Poder, por ejemplo, aquellas a las que Kenneth Boulding llama Poder Integrador.

LA CONCEPCIÓN DEL PODER DEFENDIDA POR EL FILÓSOFO FRANCÉS M. FOUCAULT QUEDA FUERA DE LA DIVISIÓN TRIPARTITA QUE SE ACABA DE PRESENTAR, AUNQUE QUIZÁS PUEDA CONSIDERARSE UNA VARIANTE EXTREMA DE LA INTERPRETACIÓN RELACIONAL.
Para Foucault, el Poder no es algo que se pueda localizar en un determinado grupo, clase o individuo. El Poder es más bien una fuerza invisible, impersonal, que se ejerce en vez de poseerse. No es el privilegio de la clase dirigente o de los grupos que concentran la riqueza económica, sino que está difuso por toda la estructura social y se manifiesta en diversas formas de vigilancia, regulación y disciplina que fuerzan la adaptación de los individuos a la estructura social. Seguramente la propuesta de Foucault puede considerarse una aportación importante para la comprensión de la naturaleza del Poder y para desvelar los muy variados contextos en que aquél se manifiesta (por ejemplo, en las formas que tiene de constituirse el conocimiento socialmente aceptado). Ahora bien, los posicionamientos axiológicos o normativos sobre la Paz y la violencia necesitan añadir a las descripciones foucaultianas sus propios criterios con respecto a las formas aceptables e inaceptables del ejercicio del Poder. Al fin y al cabo, también la concepción funcionalista representada por T. Parsons concebía el Poder como una capacidad difusa por toda la sociedad y no como un atributo de los poderosos. Bien es verdad que, frente al “apocalíptico” Foucault, el “integrado” Parsons considera el Poder como una capacidad positiva de la sociedad que ésta ejerce para alcanzar los objetivos comunitarios, más que como una fuente de conflicto y coerción.

TIPOS DE PODER.
Una vez abordado el problema de la definición del Poder, resulta de interés abordar la cuestión de los Tipos de Poder. En ese terreno encontramos, asimismo, diversas clasificaciones, de acuerdo con los diferentes criterios e intereses que guíen la clasificación.
ARISTÓTELES utilizó el criterio del beneficiario del Poder. Distinguió entonces entre Poder el padre sobre el hijo, el del amo sobre el esclavo, que es ejercido en beneficio del amo, y el Poder del gobernante sobre los gobernados (el Poder político) que se ejerce en beneficio de ambos. Esta tipología se ha utilizado con frecuencia para definir las formas corruptas de gobierno: el gobierno paternalista, en el cual el gobernante se comporta con sus gobernados como un padre con sus hijos, y el gobierno despótico, que surge cuando el gobernante adopta hacia sus gobernados la actitud de un amo hacia sus esclavos.
LOCKE clasifica las formas de Poder de acuerdo con la fuente de su legitimidad. Así, el Poder del padre sobre el hijo posee un fundamento natural que se deriva del acto de la procreación. El Poder del capitán de galera sobre los galeotes se fundamenta en su Derecho de castigar a quiénes han cometido un delito. El Poder político, en cambio, se fundamenta en el consenso de los gobernados.
El economista KENNETH BOULDING ha utilizado el criterio de las consecuencias del Poder para dividirlo en 3 categorías: Poder destructivo, Poder productivo y Poder integrador. Ahora bien, Boulding reconoce que la estructura del Poder es muy compleja y que, por tanto, las fronteras entre estas 3 formas de Poder son borrosas. Así, si bien el Poder destructivo es el Poder para destruir, no lo encontramos sólo en medios de destrucción inequívocamente desintegradores como las armas, sino también en medios destructivos como un aspecto productivo, como los bulldozers y los cuchillos. Por su parte el Poder integrador, que permite construir organizaciones, grupos y redes humanas tiene también un aspecto destructivo cuando produce exclusiones y enemistades.
EN LA TEORÍA POLÍTICA MODERNA, la clasificación más extendida utiliza como criterio los medios de los que se valen los agentes que ejercen cada una de las formas de Poder. Este criterio produce la división tripartita entre:
1.- PODER ECONÓMICO: Se vale de la posesión de ciertos bienes. Así, la posesión exclusiva de los medios de producción permite al empresario imponer al asalariado las condiciones en las que ha de trabajar para él.
2.- PODER IDEOLÓGICO: Viene dado por la posesión de ciertos saberes socialmente reconocidos, prestigiosos, que permiten ejercer influencia sobre los comportamientos ajenos. Este Poder es ejercido, por ejemplo, por los sacerdotes en las sociedades tradicionales y por los científicos y los técnicos (entre otros) en las sociedades contemporáneas.
3.- PODER POLÍTICO: Desde la Edad Media, ha sido un lugar común caracterizado como aquél cuyo medio específico es la FUERZA. Los teóricos políticos medievales distinguieron entre el Poder Espiritual de la Iglesia, que se sirve de las promesas y amenazas de premios y castigos en la OTRA VIDA, y el Poder del Estado, que reside en su Derecho exclusivo a ejercer la fuerza física sobre los habitantes de un cierto territorio. Ésta es también la característica definitoria del Poder Político para Hobbes. De acuerdo con éste, lo que distingue el ESTADO DE LA NATURALEZA del Estado es que en el primero cada uno utiliza su fuerza contra los demás según su propia voluntad (“guerra de todos contra todos”), mientras que en el Estado sólo el soberano tiene Derecho a utilizar la fuerza. En esta línea, Max Weber propuso su conocida definición del Estado como la organización que detenta el monopolio legítimo de la coacción física.
Las teorías políticas más tradicionales consideraron que el Poder principal era el ideológico, en tanto en cuanto la legitimidad del Poder político y económico es otorgada por el espiritual; éste es el caso de las justificaciones teológicas de la monarquía. Para la teoría Marxista, en cambio, el Poder principal es el económico, dada la primacía causal de la INFRAESTRUCTURA económica sobre la SUPERESTRUCTURA, que algunos marxistas dividen en 2 subsistemas: el ideológico y el jurídico-político. Finalmente, Maquiavelo, Hobbes, Hegel y la mayoría de los teóricos modernos del Estado, el Poder político es el Poder supremo, dado que el monopolio del uso legítimo (o, al menos, reconocido como legítimo, LEGITIMADO) de la violencia permite subordinar los otros Poderes a la voluntad de la clase gobernante. Ese monopolio de la fuerza se concreta tanto en la capacidad del Estado para someter a los gobernadores y reprimir cualquier forma de desobediencia  como en su capacidad para enfrentarse en pie de igualdad, desde el punto de vista de la legitimación, a otros estados en lo que constituye la manifestación última del conflicto violento entre grupos humanos: la guerra.
La idea de la primacía del Poder Político sobre otras formas de Poder ha dado lugar a la Doctrina de la RAZÓN DE ESTADO y a la Tesis de la independencia (cuando no superioridad) de las decisiones políticas con respecto al juicio moral. La Tesis de la amoralidad de la política es bien conocida en el caso de Maquiavelo; pero también, por ejemplo, para Hegel las decisiones que adoptan los gobernantes en nombre del Estado, en tanto están encaminadas a garantizar la existencia de éste, no pueden someterse a más tribunal que el de la Historia.
Ahora bien, el Poder Político ha sentido la constante necesidad de su legitimación. Pues, aún admitiendo que el monopolio de la fuerza forma parte de la caracterización del Poder político, ¿es la fuerza suficiente para garantizar la aceptación de éste? A esta pregunta en el ámbito fáctico se añade, frecuentemente, otra perteneciente al ámbito del DEBER SER, al ámbito normativo: ¿basta con que el Poder político sea aceptado por la fuerza para que esté legitimado?  Ambas preguntas nos conducen al concepto de AUTORIDAD. Por Autoridad se entiende aquella forma de Poder que se da cuando los agentes obedecen porque reconocen como legítimo el ejercicio del Poder. En cuanto a las Fuentes de la Autoridad (o, en otras palabras, de la legitimidad del Poder político),se han defendido muy diversas opciones a lo largo de la historia. Entre las más influyentes están la que considera que la Fuente última de la Autoridad es la voluntad de Dios y aquélla que la localiza en la voluntad del pueblo. Es, asimismo, bien conocida la distinción por parte de Max Weber entre 3 formas de Autoridad: legal-racional, tradicional y carismática.
LA AUTORIDAD LEGAL – RACIONAL consiste en la obediencia a reglas formales que han sido establecidas mediante procedimientos normalizados y públicos;
LA AUTORIDAD TRADICIONAL se atribuye a reglas que se siguen sobre la base de la costumbre y la práctica social;
LA AUTORIDAD CARISMÁTICA deriva del reconocimiento, por parte de los gobernados, de unas excepcionales capacidades en el gobernante para desempeñar el Poder político.

EL PLANO PLURAMENTE DESCRIPTIVO, SEGURAMENTE ES CORRECTO AFIRMAR QUE EL PODER PRECISA DE ALGÚN GRADO DE AUTORIDAD, PUES RESULTARÍA HABITUALMENTE DIFÍCIL QUE EL PODER PUEDA MANTENERSE MEDIANTE LA PURA FUERZA, SIN SER RECONOCIDO COMO LEGÍTIMO.    
En el terreno normativo la dependencia es aún mayor, por el Derecho a ejercer el Poder viene dado por el reconocimiento de ese Poder como autoridad. Así, algunos autores han negado que la soberanía del Estado pueda entenderse únicamente en términos de Poder político, especialmente si éste se reduce a la capacidad para desplegar la fuerza de las armas. Estos autores incluyen en su definición de Estado el reconocimiento generalizado de la autoridad de éste por parte de los ciudadanos.

DE LO ANTERIOR PUEDEN EXTRAERSE ALGUNAS CONCLUSIONES DE IMPORTANCIA PARA LA REFLEXIÓN PARA LA PAZ Y LOS CONFLICTOS:

  1. Una es que el Poder no es una capacidad exclusiva del Estado ni de un grupo social privilegiado.
  2. Otra es que no todas las formas de Poder ni todos los ejercicios de Poder son necesariamente perversos (confróntese, por ejemplo, la distinción de Kenneth Boudling entre Poder Destructivo, Poder Productivo y Poder Integrador).
  3. De estas 2 Conclusiones se sigue una 3ra.: los movimientos sociales Pacifistas  y Noviolentos no deberían dar la espalda al Poder, sino procurarse Poder para ejercerlo en forma creativa, no destructivas y oponerse eficazmente, mediante formas de resistencia No-violenta, a las formas deletéreas de ejercerlo. Una actitud semejante ya ha sido desarrollada dentro del movimiento feminista, en el que se habla en ocasiones de la necesidad de un “empoderamiento” (EMPOWERMENT) por parte de las mujeres.
  4. Una cuarta conclusión es que los movimientos sociales Noviolentos deberían luchar para que el Poder ejercido por el Estado se identificara cada vez menos con la capacidad para el despliegue de la fuerza física; también para que el Estado redujera su producción de Poder destructivo y se convirtiera en un instrumento de creación y difusión de Poder integrador y para que la legitimación del Poder Estatal (autoridad) viniera dada preferentemente por su respaldo en el consenso democrático, su papel de árbitro en los conflictos, su protección de los Derechos Humanos y su atención a la satisfacción de las necesidades humanas.

  
Véase también: Conflicto. Estado. Poder destructivo. Poder integrador.   

                     Especialmente se deberían inculcar conocimientos sobre las condiciones
                     de la Construcción de la Paz, las diferentes formas de conflictos,
                      sus causas y efectos; los fundamentos éticos, religiosos y filosóficos de los
                      Derechos Humanos, las fuentes históricas y evolución de dichos Derechos
                      y su expresión en las normas nacionales e internacionales, tales como la
                      Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre
                      los Derechos del Niño; los fundamentos de la democracia y sus distintos
                      modelos institucionales; el problema del racismo y la historia de la lucha
                      contra el sexismo y todas las demás formas de discriminación y exclusión.
                      La Cultura, el problema del desarrollo y la historia de todos los pueblos, y
                      también la función que cumple las Naciones Unidas y los organismos
                      internacionales deberán ser objeto de una atención especial.  
                     (Plan de Acción para la Educación para la Paz, los Derechos Humanos,
                     la Democracia y la Tolerancia, UNESCO, 1995).
                     Beatriz Molina Rueda y Francisco Muñoz.  (eds.)”.

 

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Diseño: Ing. Jane García - VGM
Trabajo Donado al Centro de Investigación para la Paz.

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