Conducido por el Bioquímico Alberto
Sebastián Parera,
siendo acompañado por los integrantes del Centro
de Investigación
para la Paz de la Facultad Regional Resistencia, Universidad
Tecnológica Nacional , Abogado Raúl Arce, Comisario
Inspector José Luis Aranda, Contadora Pública
Marcela Beveraggi y Magíster Miguel Armando Garrido.
Operador: Guillermo Aguilar.
Tema: Convivencia (1)
El tema ha
sido tratado siguiendo los lineamientos de la Enciclopedia
de Paz y Conflictos del Instituto de Paz y Conflictos de la
Universidad
de Granada, dirigido por Mario López Martinez.
La Convivencia,
en sentido amplio, es la acción y el
resultado de convivir, esto es, la situación en la que
dos o más personas viven en mutua compañía,
compartiendo el mismo espacio y tiempo.
En forma
esquemática podemos imaginar una línea
recta que tuviera en un extremo la idea de CONVIVENCIA y en el
otro la idea de GUERRA CIVIL como lo más contrario a la
convivencia, en la zona intermedia podríamos situar la
mera COEXISTENCIA.
Porque el término “convivencia”, al menos
en castellano, tiene connotaciones de una mayor exigencia que
la simple coexistencia.
Coexistir sólo exige que quienes coexisten se mantengan
en la existencia al mismo tiempo, sin importar en qué condiciones,
más o menos hostiles, ocurra tal hecho.
En cambio , convivir exige la realización práctica
de ciertos compromisos en cuanto a respeto mutuo, a cooperación
voluntaria y a compartir responsabilidades. Esta distinción
también puede aplicarse a las relaciones entre colectivos.
Por ejemplo, puede hablarse de coexistencia, o bien de la convivencia,
entre grupos sociales, o entre países.
Aquí vamos a comentar únicamente el caso de convivencia
que se da entre las personas y grupos que forman parte de una
misma sociedad. La convivencia entre los pueblos se rige básicamente
por los mismos principios que han de respetar los grupos diferentes
que conviven en un mismo territorio.
La cuestión central podría ser la siguiente: Qué condiciones
hacen posible la convivencia, más allá de la mera
coexistencia?
La situación social de Convivencia Pacífica y
de cooperación leal y perdurable en una sociedad formada
por grupos ideológicos heterogéneos, y en gran
medida rivales, sólo es posible si todos los grupos aceptan
de buen grado ciertos valores y principios. El más obvio
de ellos es el reconocimiento de que los otros grupos tienen
derecho a existir y a mantener sus propias creencias mientras
las encuentren convincentes. Llamamos a esta primera condición
el PRINCIPIO DE RESPETO CIVICO. Si no hay un compromiso serio
con este principio, es imposible que los grupos rivales lleguen
a tener un mínimo de confianza en los otros. Porque sabrán
que, a la menor oportunidad, cualquiera de los otros tratará de
eliminar a los demás, y de ese modo la Convivencia fracasaría
en forma de guerra civil total.
Esta condición se viene haciendo realidad paulatinamente
en muchos países en los que se ha instaurado la tolerancia
de diversas religiones y creencias en pie de igualdad.. Sin discriminaciones
arbitrarias ni privilegios para ninguna de las ideologías
políticas o religiosas rivales. Ciertamente, esa tolerancia
no está exenta de tensiones, puesto que cada grupo ideológico
se puede sentir tentado por la idea de eliminar a los demás
grupos competidores e imponer sus creencias a toda la sociedad.
Sin embargo, los grupos saben que esa imposición totalitaria
sería contraria a sus respectivos principios y valores
propios. Además, son conscientes de que la historia ha
mostrado repetidas veces que de nada sirve la mera represión
de las ideas del adversario: la única victoria de una
ideología sobre la otra sería que llegase a atraer,
por convicción propia, a quienes no comparten todavía
las preciadas creencias del grupo.
La tolerancia no significa en este contexto que todo esté permitido,
puesto que el propio sistema tolerante exige que todos sus miembros
lo sean para que el clima de tolerancia no sea eliminado por
algún grupo intolerante. Así pues, la tolerancia
como respeto cívico es una condición de posibilidad
de la Convivencia Pluralista.
Una segunda
condición necesaria para la Convivencia en
una sociedad plural sería EL ESTABLECIMIENTO DE UN MARCO
DE LIBERTADES CIVICA PARA TODOS.
Porque, dada la existencia de grupos ideológicos rivales,
cada uno de ellos reclama para sí la libertad necesaria
para mantener sus creencias y valores propios, y también
para tratar de extender esas creencias a nuevos prosélitos
que pudieran sentirse inclinados a abandonar sus antiguas creencias
para adherirse a las del grupo. Como esta libertad la reclaman
todos y cada uno de los grupos rivales, el resultado es la aceptación
de común acuerdo de un conjunto de libertades civiles
y políticas que incluyen, por ejemplo, la libertad de
conciencia, de pensamiento y de culto religioso, la libertad
de expresión y de prensa, la libertad de movimiento y
de residencia, la libertad de asociación y las garantías
procesales, etc.
Naturalmente, ninguna de las libertades básicas es ilimitada.
Por el contrario, para que cada grupo y cada persona pueda ejercer
realmente su libertad, es preciso evitar que algunos puedan abusar
de sus libertades haciendo daño a los demás. Esto
exige que el marco de libertades cívicas esté debidamente
ajustado y que existan reglas vinculantes y autoridades encargadas
de hacer que las reglas se cumplan. Sin reglamentos ni árbitros
no puede haber juego libre, porque sencillamente no habría
juego. Por esta razón, la libertad como valor básico
es una libertad responsable.
"Los que conocen a los hombres son sabios,
los que se conocen a sí mismos son iluminados.
Los que conquistan a los demás tienen poder,
los que se conquistan a sí mismos son fuertes.
Los que conocen lo suficiente son ricos,
los que obran con audacia son tercos.
Los que no pierden sus lugares duraran,
los que mueren sin desaparecer alcanzan la longevidad."
El Tao de la Paz.
El arte de manejar la dinámica de los conflictos.
Wang Chen.